El régimen de tributación del margen de beneficio (REBU) puede, bajo ciertas circunstancias, usarse para calcular el IVA que un comerciante debe contabilizar al vender artículos de segunda mano, obras de arte y piezas de colección. En caso de aplicarse el régimen de tributación del margen de beneficio, este se calcula sobre la diferencia entre el precio de compra y el precio de venta, y no sobre el precio de venta del artículo, como manda la norma.

Si eres un particular, la aplicación del régimen de tributación del margen de beneficio no te afecta en ningún caso.

Si eres una empresa, te afecta en el sentido de que no puedes deducir el IVA soportado por el objeto en cuestión.


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